Editorial CDH| 11 de septiembre
Ya parece todo ha sido dicho en relación a la Dictadura chilena de 1973. A los miles de habitantes de este país que sufrieron asesinatos y desaparición, a los miles de personas torturadas, encarceladas ilegalmente, abusadas, exoneradas, exiliadas, relegadas, desplazadas, humilladas y brutalizadas. Hemos escuchado como se repite la frase “para que nunca más”, la cual se ha vaciado de contenido. Sabemos que las violaciones de derechos humanos han vuelto a ocurrir. Las víctimas de la protesta social de Octubre y sus familias, lo saben en carne propia. Para que esos crímenes no vuelvan a ocurrir, proponemos algunas medidas:
1. Aceptación y reconocimiento del hecho histórico. Lo que ocurrió en dictadura, no son opiniones. Que esos crímenes no son aceptables, ni entonces ni ahora, que no se pueden justificar, mediatizar o agregar “contextos” o “marcos históricos”. Cuando una masa crítica de nosotros no acepte, en la intimidad del hogar, en las salas de clases, en las reuniones sociales, que se minimicen o se nieguen los hechos de la dictadura, estaremos comenzando a cambiar. Cuando un medio de comunicación cualquiera que caiga en estas faltas, reciba el rechazo de un gran número de personas.
2. Justicia, total y proporcional al crimen, en cada caso de violación de DDHH durante la dictadura, incluyendo no beneficios procesales ni beneficios carcelarios para crímenes de lesa humanidad. La prisión preventiva se cumpla en recintos de detención comunes, no en recintos militares, tampoco se de trato preferente a oficiales de alto rango. Medidas estrictas de cambio de condiciones de condena, deben de tener como requisito, el arrepentimiento y conducta acorde del condenado y la consulta con los familiares de las víctimas. No aplicación de indultos presidenciales para crímenes de lesa humanidad. Los condenados deberán cumplir condenas en cárceles comunes (las cuales en Chile necesitan ser mejoradas para respetar la dignidad de todas las personas privadas de libertad).
3. Investigación exhaustiva de todas las causas de violación de los derechos humanos. Si no hay querellas interpuestas deben abrirse por el sistema judicial. Los Jueces en Visita Extraordinaria deben de tener presupuesto y personal calificado suficiente para asegurar investigaciones acuciosas. La Corte Suprema no puede aplicar ningún principio que rebaje las penas, tales como la “media prescripción”. Es fundamental que los jueces se guíen por los principios de los instrumentos internacionales de DDHH que deben de primar sobre la legalidad y el ordenamiento jurídico chileno.
4. Establecimiento de un organismo permanente de recepción de denuncias de casos que no hayan sido calificados, de desaparición forzada, ejecución política, prisión política y tortura. Este organismo también recibirá casos de violaciones de derechos humanos no calificados anteriormente, entre ellos, relegación política, exilio forzado, etc.
5. Restablecimiento de la dignidad de las víctimas. Los nombres y las historias de todos las personas detenidas desaparecidas y ejecutadas políticos deben de conocerse, deberán formar parte de la historia de este país, igualmente se deben renombrar calles y lugares que tengan el nombre de personas que participaron en calidad de autor material, autor intelectual, o cómplices de crímenes de lesa humanidad.
Sólo entonces podremos decir con alguna certeza: “Para que Nunca Más”.
Veinte estudiantes y un profesor que pertenecían a la Universidad Técnica del Estado y la Universidad de Chile, sedes Temuco, hoy nuestra Universidad, sufrieron asesinato y desaparición durante la dictadura. De ellos, 3 mujeres, una de ellas embarazada.
La Universidad de La Frontera tiene el deber y la responsabilidad de recordarlos activamente y contribuir a preservar la dignidad estas personas, como sujetos integrantes de nuestra historia institucional y social.
Centro de Estudios y Promoción de los Derechos Humanos UFRO